Estado actual y estado en el momento de los hechos
No son necesariamente equivalentes. Una evaluación pericial debe diferenciar claramente ambos planos.
Psicología forense penal
Valoración pericial del estado mental y del funcionamiento psicológico cuando resultan relevantes para el procedimiento penal.
Objeto pericial
En este tipo de evaluación pueden resultar relevantes alteraciones psicológicas, funcionamiento cognitivo, regulación emocional, control conductual y otras variables relacionadas con el estado mental de la persona.
El análisis debe centrarse en la repercusión funcional de esas variables y, cuando sea necesario, en su posible presencia y relevancia en el momento de los hechos objeto del procedimiento.
Una distinción esencial
Una persona puede presentar un trastorno psicológico o psiquiátrico sin que este determine necesariamente una alteración relevante de las capacidades consideradas en el procedimiento.
La evaluación pericial debe analizar el impacto funcional concreto de la alteración, su intensidad y su posible relación con el momento de los hechos.
La valoración psicológica aporta evidencia especializada. La calificación jurídica corresponde al órgano judicial.
Áreas de evaluación
Se analiza el funcionamiento psicológico relevante para el objeto pericial, incluyendo síntomas, alteraciones y características clínicas que puedan resultar pertinentes.
Cuando procede, se valoran funciones como comprensión, razonamiento, atención, memoria, juicio y otras capacidades cognitivas relevantes.
Se estudian variables relacionadas con regulación emocional, impulsividad, control conductual y otros procesos psicológicos relevantes para el caso.
La evaluación considera la información disponible sobre el estado psicológico en el momento relevante para el procedimiento, diferenciándolo del funcionamiento observado en la actualidad.
Cuando los hechos son anteriores a la evaluación, se integran antecedentes, documentación y otras fuentes que puedan ayudar a reconstruir de forma prudente el funcionamiento psicológico en ese momento.
Evaluación retrospectiva
Cuando existe distancia temporal entre los hechos y la evaluación, es necesario integrar información retrospectiva procedente de antecedentes, documentación y otras fuentes disponibles.
Cuanto menor sea la cantidad o calidad de esa información, mayores serán las limitaciones para reconstruir con precisión el funcionamiento psicológico en aquel momento.
Fuentes de información
Entrevistas con la persona evaluada.
Documentación clínica, psicológica o psiquiátrica previa.
Historia personal y antecedentes relevantes.
Documentación judicial relacionada con los hechos.
Instrumentos psicológicos seleccionados según el objeto pericial.
Otras fuentes de información pertinentes para contrastar las hipótesis consideradas.
Criterios de interpretación
No son necesariamente equivalentes. Una evaluación pericial debe diferenciar claramente ambos planos.
La existencia de un diagnóstico no permite por sí sola establecer qué capacidad concreta estaba afectada ni en qué grado.
Cuando se analiza un momento pasado, las conclusiones dependen de la calidad y consistencia de las fuentes disponibles.
Preguntas frecuentes
La evaluación psicológica puede analizar variables relacionadas con el estado mental, funcionamiento cognitivo, emocional y conductual y su posible relevancia respecto al momento de los hechos. La calificación jurídica de la imputabilidad corresponde al órgano judicial.
No. La existencia de un trastorno psicológico o psiquiátrico no determina automáticamente una consecuencia sobre la imputabilidad. Es necesario analizar su impacto funcional concreto y su relación con el momento relevante para el procedimiento.
Puede realizarse una valoración retrospectiva utilizando entrevistas, antecedentes, documentación clínica, información judicial y otras fuentes disponibles. El alcance de las conclusiones dependerá de la calidad y consistencia de esa información.
No existe una batería fija. Los instrumentos se seleccionan según las hipótesis que deben analizarse, las características de la persona y las funciones psicológicas relevantes para el objeto pericial.
No. El psicólogo aporta una valoración especializada sobre variables psicológicas relevantes. La decisión jurídica sobre imputabilidad corresponde al órgano judicial.
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Primera valoración
Explíquenos brevemente el caso y valoraremos qué cuestiones psicológicas pueden abordarse de forma pericial.
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