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Perito PsicólogoMadrid

Psicología forense penal

Evaluación psicológica
e imputabilidad.

Valoración pericial del estado mental y del funcionamiento psicológico cuando resultan relevantes para el procedimiento penal.

Objeto pericial

La pregunta no es solo qué diagnóstico existe, sino cómo funcionaba la persona en el momento relevante.

En este tipo de evaluación pueden resultar relevantes alteraciones psicológicas, funcionamiento cognitivo, regulación emocional, control conductual y otras variables relacionadas con el estado mental de la persona.

El análisis debe centrarse en la repercusión funcional de esas variables y, cuando sea necesario, en su posible presencia y relevancia en el momento de los hechos objeto del procedimiento.

Una distinción esencial

Diagnóstico no equivale a inimputabilidad.

Una persona puede presentar un trastorno psicológico o psiquiátrico sin que este determine necesariamente una alteración relevante de las capacidades consideradas en el procedimiento.

La evaluación pericial debe analizar el impacto funcional concreto de la alteración, su intensidad y su posible relación con el momento de los hechos.

La valoración psicológica aporta evidencia especializada. La calificación jurídica corresponde al órgano judicial.

Áreas de evaluación

¿Qué puede analizar un perito psicólogo?

01

Estado psicológico

Se analiza el funcionamiento psicológico relevante para el objeto pericial, incluyendo síntomas, alteraciones y características clínicas que puedan resultar pertinentes.

02

Funcionamiento cognitivo

Cuando procede, se valoran funciones como comprensión, razonamiento, atención, memoria, juicio y otras capacidades cognitivas relevantes.

03

Funcionamiento emocional y conductual

Se estudian variables relacionadas con regulación emocional, impulsividad, control conductual y otros procesos psicológicos relevantes para el caso.

04

Relación temporal con los hechos

La evaluación considera la información disponible sobre el estado psicológico en el momento relevante para el procedimiento, diferenciándolo del funcionamiento observado en la actualidad.

05

Información retrospectiva

Cuando los hechos son anteriores a la evaluación, se integran antecedentes, documentación y otras fuentes que puedan ayudar a reconstruir de forma prudente el funcionamiento psicológico en ese momento.

Evaluación retrospectiva

El estado actual no permite asumir automáticamente cómo estaba la persona en el momento de los hechos.

Cuando existe distancia temporal entre los hechos y la evaluación, es necesario integrar información retrospectiva procedente de antecedentes, documentación y otras fuentes disponibles.

Cuanto menor sea la cantidad o calidad de esa información, mayores serán las limitaciones para reconstruir con precisión el funcionamiento psicológico en aquel momento.

Fuentes de información

Una conclusión retrospectiva necesita múltiples fuentes de contraste.

01

Entrevistas con la persona evaluada.

02

Documentación clínica, psicológica o psiquiátrica previa.

03

Historia personal y antecedentes relevantes.

04

Documentación judicial relacionada con los hechos.

05

Instrumentos psicológicos seleccionados según el objeto pericial.

06

Otras fuentes de información pertinentes para contrastar las hipótesis consideradas.

Criterios de interpretación

Tres cuestiones que deben mantenerse separadas.

01

Estado actual y estado en el momento de los hechos

No son necesariamente equivalentes. Una evaluación pericial debe diferenciar claramente ambos planos.

02

Diagnóstico y funcionamiento

La existencia de un diagnóstico no permite por sí sola establecer qué capacidad concreta estaba afectada ni en qué grado.

03

Inferencia retrospectiva prudente

Cuando se analiza un momento pasado, las conclusiones dependen de la calidad y consistencia de las fuentes disponibles.

Conocer nuestra metodología →

Preguntas frecuentes

Evaluación psicológica e imputabilidad.

¿Qué significa evaluar la imputabilidad desde la psicología?

La evaluación psicológica puede analizar variables relacionadas con el estado mental, funcionamiento cognitivo, emocional y conductual y su posible relevancia respecto al momento de los hechos. La calificación jurídica de la imputabilidad corresponde al órgano judicial.

¿Un trastorno psicológico implica inimputabilidad?

No. La existencia de un trastorno psicológico o psiquiátrico no determina automáticamente una consecuencia sobre la imputabilidad. Es necesario analizar su impacto funcional concreto y su relación con el momento relevante para el procedimiento.

¿Puede evaluarse cómo estaba una persona psicológicamente en el momento de unos hechos pasados?

Puede realizarse una valoración retrospectiva utilizando entrevistas, antecedentes, documentación clínica, información judicial y otras fuentes disponibles. El alcance de las conclusiones dependerá de la calidad y consistencia de esa información.

¿Qué pruebas psicológicas se utilizan?

No existe una batería fija. Los instrumentos se seleccionan según las hipótesis que deben analizarse, las características de la persona y las funciones psicológicas relevantes para el objeto pericial.

¿El psicólogo perito decide si una persona es imputable?

No. El psicólogo aporta una valoración especializada sobre variables psicológicas relevantes. La decisión jurídica sobre imputabilidad corresponde al órgano judicial.

Primera valoración

¿Necesita una evaluación psicológica relacionada con imputabilidad?

Explíquenos brevemente el caso y valoraremos qué cuestiones psicológicas pueden abordarse de forma pericial.

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