Valoración inicial del caso
Conocemos brevemente la situación, el procedimiento y la cuestión que necesita valoración. Analizamos si una intervención psicológica pericial resulta adecuada y cuál puede ser su alcance.
Cómo trabajamos
Un proceso claro y adaptado a cada caso, desde la valoración inicial hasta la elaboración y defensa del informe pericial.
El proceso
Conocemos brevemente la situación, el procedimiento y la cuestión que necesita valoración. Analizamos si una intervención psicológica pericial resulta adecuada y cuál puede ser su alcance.
Cuando existe representación letrada, podemos coordinarnos con el abogado para delimitar el objeto pericial, conocer el estado del procedimiento y revisar la documentación relevante.
Definimos qué personas deben ser evaluadas, qué documentación resulta pertinente, qué fuentes de información conviene incorporar y qué procedimientos pueden ser necesarios.
Realizamos las entrevistas y actuaciones necesarias. Cuando procede, utilizamos instrumentos psicológicos seleccionados según las características del caso y las cuestiones que deben responderse.
Contrastamos entrevistas, documentación, pruebas psicológicas y otras fuentes relevantes. Analizamos la consistencia de la información, las hipótesis alternativas y las limitaciones de la evaluación.
El informe recoge el objeto pericial, la metodología empleada, los resultados obtenidos, el razonamiento técnico y las conclusiones que pueden sostenerse a partir de la evaluación.
Una vez finalizado, entregamos el informe y aclaramos las cuestiones necesarias sobre su contenido, alcance y conclusiones.
Cuando el perito es citado, explica y defiende técnicamente el informe ante el órgano judicial y responde a las cuestiones formuladas sobre la metodología y las conclusiones.
Principio de trabajo
Cada evaluación se planifica a partir de las cuestiones que necesitan respuesta, las características del caso y el contexto del procedimiento.
Las entrevistas, fuentes de información e instrumentos se seleccionan en función del objeto pericial. No todos los casos requieren las mismas actuaciones ni el mismo tipo de pruebas.
El objetivo no es aplicar más pruebas, sino obtener la información necesaria para responder de forma rigurosa y fundamentada.
Rigor pericial
Las actuaciones se seleccionan en función del objeto pericial y de las características concretas del caso.
La información se obtiene y contrasta mediante las fuentes necesarias para responder a las cuestiones planteadas.
Las pruebas psicológicas se utilizan cuando aportan información relevante y sus propiedades son adecuadas para el objetivo de la evaluación.
Las conclusiones se formulan únicamente hasta donde permiten llegar los datos obtenidos y las limitaciones de la evaluación.
Intervención pericial
Nueva evaluación
Cuando es necesario realizar una evaluación psicológica específicamente orientada a un procedimiento jurídico.
Revisión técnica
Cuando ya existe una pericial y se necesita analizar técnicamente su metodología, razonamiento o conclusiones.
Colaboración profesional
Apoyo técnico para delimitar cuestiones psicológicas, revisar documentación y valorar el tipo de intervención pericial.
Primera valoración
Explíquenos brevemente la situación y podremos valorar qué cuestiones pueden abordarse desde la psicología forense.
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