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Validez legal del informe pericial psicológico

Todo sobre la validez judicial del informe pericial psicológico: marco normativo, requisitos para su admisión, criterios de valoración por los tribunales y cómo maximizar su eficacia probatoria.

6 min de lectura

Requisitos para la validez del informe

Para que un informe pericial psicológico tenga plena validez judicial debe cumplir varios requisitos: estar firmado por un profesional habilitado (psicólogo colegiado), seguir una metodología científica reconocida, utilizar instrumentos de evaluación validados, fundamentar las conclusiones en los datos obtenidos y en la literatura científica, y ser presentado en plazo procesal.

El perito debe identificarse correctamente, indicando su número de colegiado, formación y experiencia. Debe declarar bajo juramento o promesa que ha actuado con objetividad, y debe manifestar cualquier conflicto de interés o limitación en la evaluación.

Las conclusiones deben ser claras, directamente relacionadas con las cuestiones periciales planteadas, y diferenciadas de las interpretaciones u opiniones del perito. El tribunal valora especialmente que las conclusiones estén fundamentadas y que las limitaciones del estudio estén explicitadas.

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Cómo valoran los jueces el informe pericial

Los jueces valoran los informes periciales según criterios como: las credenciales y experiencia del perito, la rigurosidad de la metodología empleada, la coherencia interna del informe, la fundamentación científica de las conclusiones, la calidad de la ratificación oral y la concordancia con otras pruebas del proceso.

Un informe tiene mayor peso cuando utiliza pruebas psicométricas reconocidas y estandarizadas, cuando explica su metodología de forma transparente, cuando las conclusiones se derivan lógicamente de los datos y cuando el perito demuestra dominio de la materia durante la ratificación.

Los tribunales también valoran negativamente ciertos aspectos: informes excesivamente parciales, conclusiones que van más allá de lo que los datos permiten, uso de pruebas no validadas, ausencia de detección de simulación y falta de transparencia sobre las limitaciones de la evaluación.

PV

Pedro Vicente Mateo Fernández

Psicólogo Forense · Colegiado M-32159

Psicólogo forense colegiado por el COP Madrid. Doctorando en Psicología por la Universidad Complutense de Madrid. Profesor universitario en UEM y UAX. Perito de oficio inscrito en las listas del COP Madrid.

Colegiado M-32159Doctorando UCMPerito de Oficio

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